Derechos humanos y Garantías individuales (Diferencias)

Aunque puedan parecer iguales, los derechos humanos y las garantías individuales son dos cosas muy distintas. En este artículo te mostramos la Diferencias entre Derechos humanos y Garantías individuales.

Se hace necesario hoy en día reconocer las diferencias que presentan los derechos humanos y las garantías individuales, ambas pueden generar cierta confusión por sus similitudes. Pero, las garantías individuales tienen más tiempo formadas y varían según el país donde te encuentres. Ahora bien los derechos humanos fueron creados el 10 de diciembre de 1948 por las Naciones Unidas (ONU), como un acto para crear conciencia ante las atrocidades cometidas en la Segunda Guerra Mundial.

Diferencias entre Derechos humanos y Garantías individuales

Diferencias entre Derechos humanos y Garantías individuales

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Garantías individuales

Se define como derechos naturales, inherentes a la persona humana el medio de protección jurídico, de defensa o salvaguarda de los derechos del hombre en primer término, esto se encuentra jurídicamente resguardado y tutelado por la constitución y el sistema jurídico de cada país.

El término garantías individuales se utilizaba por los liberales antiguos, por muchos años se utilizó esa tendencia, no obstante a finales de la Segunda Guerra Mundial, fue que los derechos humanos tomaron fuerza; esto significa que el cambio de garantías individuales a derechos humanos solo fue  un golpe de modernidad, siendo que los derechos humanos abarcan más.

  • Están presentes en la constitución y en si mismas garantizan los derechos humanos.
  • Los mecanismos de activación son los que se establecen en la constitución o ley. Esto evidentemente puede variar de país a país, es decir que no todos los países tienen las mismas garantías individuales.
  • Son universales.
  • Son exclusivos.
  • Son ineludibles.
  • Son imprescriptibles
  • Son limitativas del poder del estado.
Diferencia entre Derechos humanos y Garantías individuales

Clasificación de las garantías individuales

Garantías de propiedad

Son de tipo económico y permite al individuo tomar decisiones sobre sus propios bienes, también le permite la posesión de propiedades muebles o inmuebles.

Garantías de igualdad

Aseguran la igualdad ante la ley, es decir, que todos los ciudadanos deben tener el mismo trato acorde a lo mismos escenarios.

Garantías de libertad

Permite al individuo expresar sus ideas, recorrer a su antojo a donde el desee y por donde el desee, ejercer libremente un oficio y practicar cualquier religión. Todo esto sin la necesidad de la aprobación jurídica o de nadie, siempre que lo que el individuo haga no dañe a nadie en el proceso.

Garantías de seguridad jurídica

Aseguran el derecho a un debido proceso en caso de que el individuo incumpla alguna ley, del mismo modo aseguran a los individuos el bienestar físico y/o psicológico ante las fuerzas del Estado.

Diferencia entre Derechos humanos y Garantías individuales

Los derechos humanos

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  • Son derechos esenciales para todas las personas desde su nacimiento.
  • Es un derecho internacional, sustentados por tratados internacionales.
  • Se sustenta por la declaración universal de los derechos humanos.
  • Estos derechos no son discriminatorios.
  • Son esenciales y universales.
  • Son interdependientes e indivisibles.

Los derecho humanos esenciales para el ser humano, estos forman parte de su naturaleza, sin importar su nacionalidad, residencia, sexo, origen nacional, religión, lengua o cualquier otra condición. Así que todos los seres humanos tenemos el mismo derecho. Los derechos humanos tienen la obligación de hacer actuar a todos los estados con la finalidad de proteger y promover, toda libertad y derechos humanos que tienen todo como persona y grupo sociales. Estos mismos derechos no presentas jerarquías y cada uno de ellos presenta la misma relación, esto quiere decir, que siempre que se cumple uno, se cumplen otros derechos.

Al mismo tiempo cada derecho está vinculado el uno con el otro, esto quiere decir que si te prohíben uno de esos derechos  se ponen en riesgo el uso de otro derecho y de la misma forma estos son universales. Los derechos humanos, como figura jurídica, datan del siglo XVIII americano y europeo, si no es que antes, de plena Edad Media. Pero en la “teoría” y “práctica” se reflejan más a mediados del siglo XX. Aun cuando la presencia de los derechos humanos se considera obvia en los ordenamientos jurídicos, en el ámbito internacional y en el debate político, no siempre ha sido así, esto fue posible a la hegemonía indiscutible de Occidente, los valores y experiencias creadas se extendieron a nivel mundial.

Diferencia entre Derechos humanos y Garantías individuales

Protección de los derechos humanos

  • Por medio de Instituciones nacionales de promoción, organismos internacionales y defensa de los derechos humanos.
  • Oficinas defensoras del pueblo, repartidas por todo el mundo, así como organizaciones no gubernamentales internacionales afines con el área. 

Esto busca en crear mejores lazos con los sistemas universales y regionales de los derechos humanos, observando los temas de progreso e impulsando nuevas temáticas de trascendencia. De la misma forma, se estudian las políticas y situaciones actuales en materia de derechos humanos en la comunidad internacional, participando activamente en la aportación y enriquecimiento de resoluciones o documentos sobre derechos que ayudaran a las comunidades del mundo.

Diferencia entre Derechos humanos y Garantías individuales

Los derechos humanos universales

  • Todos los seres humanos nacen libres e iguales, en dignidad y en derechos. Dotados como están de razón y de conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros.
  • Toda persona tiene todos los derechos y libertades proclamados en esta Declaración, sin distinción de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otro tipo, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición.
  • Todo individuo tiene derecho a vivir, a la libertad y a la seguridad personal.
  • Nadie podrá estar sometido a la esclavitud ni a servidumbre. La esclavitud y la trata de esclavos están prohibidas en todas sus formas.
  • Nadie será sometido a torturas ni a vejaciones, penas o tratos que resulten crueles, inhumanos o degradantes.
  • Todos los seres humanos tienen derecho a una protección igualitaria contra toda forma de discriminación que infrinja lo estipulado en esta Declaración y contra toda provocación a tal discriminación.
  • Toda persona tiene derecho al amparo de los tribunales nacionales competentes, y a amparo jurídico contra los actos que violen sus derechos fundamentales reconocidos en la constitución o en la ley.
  • Ningún ser humano podrá ser arbitrariamente detenido, preso ni desterrado.
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Geólogo, amante de la ciencia y los animales, escultor de estrellas y forjador de planetas.

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