Cómo debe ser el Reglamento de una Biblioteca + ejemplo

Una biblioteca puede ser definida como un lugar donde es posible encontrar libros y otros medios textuales, como publicaciones, revistas, documentos y catálogos de diferentes épocas. Es bien sabido que los recursos y servicios que estas ofrecen a la población brindan oportunidades de aprendizaje, apoyan la alfabetización y la educación, y ayudan a formar nuevas ideas y perspectivas que son vitales para una sociedad creativa e innovadora. Por otro lado, aseguran la existencia de un registro auténtico del conocimiento creado y acumulado por las generaciones anteriores.

Como se puede imaginar, debido a la gran importancia que tienen sobre la sociedad en general, las bibliotecas cuentan con reglamentos diseñados para la preservación y el buen uso de sus documentos, así como también para asegurar el bienestar tanto de sus trabajadores como de sus usuarios. Hoy en Procrastina Fácil te traemos un artículo cargado con todo lo que debes saber sobre estos reglamentos: qué son, para qué sirven y qué normativas generales manejan las bibliotecas que están abiertas al público.

¿Qué es y para qué sirve un reglamento en las bibliotecas? Los reglamentos son documentos que especifican un conjunto de reglas, derechos y obligaciones que rigen y regulan la relación entre una biblioteca y sus usuarios, con respecto al almacenamiento, acceso a la información bibliográfica y convivencia en los espacios del recinto. Estos deben ser cumplidos al pie de la letra por los usuarios y trabajadores de la biblioteca, y deben permanecer siempre a la vista en una versión simplificada.

Este documento informa a los usuarios sobre los requisitos para las solicitudes de servicios, la obligación de atención oportuna y reembolso, el período de tiempo en que el material puede ser facilitado y si cambia durante ciertos períodos como feriados, vacaciones o incluso los fines de semana. Asimismo, deberá comunicarles las sanciones en caso de retraso, deterioro o pérdida de equipos e instalaciones. El reglamento de la biblioteca debe estar firmado y acreditado por la autoridad competente de la institución.

Tipos de bibliotecas

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Antes de entrar en materia, es importante conocer que las bibliotecas están divididas en varias categorías, dependiendo del material, estilo y público al que están dirigidas. En total, podemos mencionar 4 grupos diferentes que serán explicados a continuación:

1. Bibliotecas Nacionales:

Son todas aquellas bibliotecas que se mantienen con dinero del Estado. Aunque muchas veces su uso no está enfocado al público en general sino a un público específico, en otras ocasiones no tienen como objetivo el acceso al público en general sino la preservación de especímenes como patrimonio cultural.

2. Bibliotecas Públicas:

Estas son las más populares y frecuentadas por la población. Su gestión también se basa en fondos del Estado, pero no se enfoca en un solo tipo de ejemplar, su material histórico, educativo y de entretenimiento está disponible para toda la sociedad, siendo muy variado e independiente del conocimiento, la formación o el poder adquisitivo de los usuarios.

3. Bibliotecas Académicas:

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Aunque este tipo de bibliotecas también subsisten en su mayoría con fondos públicos, están dirigidas a un público mucho más específico, como estudiantes, académicos y científicos, y no al individuo promedio.

4. Bibliotecas Especiales:

Son aquellas en las que los fondos y los usuarios son de carácter especializado, están individualizadas y generalmente remiten a colecciones privadas y están dirigidas a alguna área de estudio en particular. Suelen especializarse en administración, arte, biología, ciencias, tecnología, medicina, ciencias sociales, geografía, historia o religión.

Ejemplo de Reglamento general de una biblioteca

Aspectos Generales

Artículo 1: La biblioteca puede ser utilizada por cualquier ciudadano que lo requiera.

Artículo 2: Al ingresar a la biblioteca, será necesario mostrar un documento de identificación y registrarse.

Artículo 3: La biblioteca presta sus servicios en un horario comprendido de lunes a sábado de 8 a.m a 6 p.m.

Servicios ofrecidos

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Artículo 4: Préstamos internos

  • El servicio de estantería abierta puede utilizarse con un máximo de 3 libros a la vez por persona.
  • Los libros deben ser reacomodados por el usuario en los estantes correspondientes después de ser utilizados.

Artículo 5: Préstamos a domicilio

  • Tramitar una credencial de la biblioteca.
  • Llenar una ficha de préstamo a domicilio por cada libro solicitado.
  • Solicitar un máximo de 3 libros con un plazo no mayor a 7 días.
  • Entregar los libros en la fecha establecida.
  • Si el material suministrado por la biblioteca se daña o se extravía, el usuario será responsable y deberá cancelarlo en efectivo.

Derechos y Obligaciones

Artículo 6: Obligaciones del usuario

  • Mantener el orden y el silencio.
  • Usar adecuadamente el material y las instalaciones de la biblioteca.
  • Leer en voz baja.
  • No fumar.
  • No consumir ningún tipo de alimento o bebida dentro de la biblioteca.
  • Sustituir los libros o materiales que se dañen o extravíen.
  • Utilizar auriculares si deben reproducir materiales audiovisuales o música.
  • Respetar a los usuarios y personal que estén presentes dentro de la biblioteca.
  • Responsabilizarse de la tarjeta de usuario y de su uso, así como de sus pertenencias.
  • Cumplir y respetar las normas de funcionamiento interno establecidas y seguir las indicaciones del personal que presta los servicios.

Artículo 7: Derechos del usuario

  • Acceder de manera libre y gratuita a las zonas públicas de las bibliotecas.
  • Recibir atención correcta y personalizada.
  • Recibir formación básica para el uso de la biblioteca.
  • Recibir información de interés general y específico de los servicios que se prestan, de manera presencial, telefónica y electrónica.
  • Presentar sugerencias o reclamaciones sobre el funcionamiento de la biblioteca, pudiendo utilizar el Libro de Quejas y Sugerencias reglamentario que deberá estar a disposición del usuario.
  • Participar activamente en las actividades que organicen o alberguen las bibliotecas, de acuerdo con las pautas establecidas para cada actividad.
  • Ejercer los derechos de acceso, rectificación y cancelación de datos de carácter personal, de acuerdo con la legislación vigente en materia de protección de datos.

Artículo 8: Obligaciones del personal de la biblioteca

  • Ofrecer el apoyo y asesoramiento necesarios a los usuarios.
  • Mantener el debido respeto y consideración hacia los usuarios, y procurar mejorar la calidad de los servicios bibliotecarios.
  • Cumplir con el horario de atención a los usuarios.
  • Cumplir con las funciones y obligaciones establecidas en el Manual de Organización.

Sanciones

Artículo 9: Las sanciones se aplicarán por igual a todos los usuarios de la biblioteca.

Artículo 10: El incumplimiento de las disposiciones y normas generales para la operación y prestación de servicios de la biblioteca dará lugar a la imposición de sanciones, dependiendo de la gravedad de la falta.

Artículo 11: Dependiendo de la falta, las sanciones irán desde la amonestación verbal o escrita, hasta la suspensión temporal o definitiva del derecho a los servicios que presta la biblioteca.

CUADRO TABULADOR DE FALTAS Y SANCIONES

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FALTASANCIÓN
No presentar el documento de identificación al ingresar a la bibliotecaAmonestación verbal
No reacomodar los libros en los estantes correspondientes después de utilizarlosAmonestación verbal o por escrito
No respetar el orden y el silencio dentro de la bibliotecaAmonestación verbal o por escrito
Consumir alimentos o bebidas dentro de la bibliotecaAmonestación verbal o por escrito
Dañar o extraviar el material suministrado por la bibliotecaPago del costo de reposición del material más la suspensión temporal o definitiva del derecho a los servicios que presta la biblioteca
No cumplir con las obligaciones establecidas en el artículo 6Amonestación verbal o por escrito, suspensión temporal o definitiva del derecho a los servicios que presta la biblioteca
Incumplir las obligaciones establecidas en el artículo 8Amonestación verbal o por escrito, suspensión temporal o definitiva del derecho a los servicios que presta la biblioteca.
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Estudiante de Periodismo, Tv Host y Locutor

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